La norma regula diversos aspectos relativos al funcionamiento de la entidad

La última reunión del Patronato de la Fundación Odontología Solidaria aprobó el documento Buen gobierno y buenas prácticas de gestión, destinado a regular diversos aspectos del funcionamiento de la entidad. El documento contempla como grandes ámbitos de su articulado cuestiones relativas a la transparencia y la comunicación, el control y la supervisión financiera, el gobierno de la Fundación, el funcionamiento y adopción de acuerdos por parte del Patronato y el Comité Ejecutivo, las relaciones de la Fundación con donantes y voluntarios o el funcionamiento del equipo de gestión, así como aspectos relacionados con la aceptación, cumplimiento y verificación de las normas de buen gobierno y buenas prácticas. Se anexan también el Reglamento de régimen interno del Delegado Social de clínica, el Protocolo de Voluntariado y los Protocolos de Tratamiento.

Entre otros aspectos, la normativa fija que la Fundación contará con fuentes de financiación que garanticen su autonomía financiera, especificando que “no aceptará aportaciones económicas que condicionen el cumplimiento de sus objetivos, valores o principios, que pongan en peligro el cumplimiento de sus fines, o cuyo origen sea ilícito o no sea transparente”. El respeto a la ética y a las leyes “inspirará la actuación de quienes integran la Fundación, lo que implica diligencia, buena fe y primacía de los fines de la Fundación”, remarca el texto.

Las normas adoptadas por el patronato regulan también la transparencia en relación con sus donantes, especificando entre otras cuestiones que “la Fundación respetará la voluntad de sus donantes sin modificar o aplicar sus aportaciones a un destino distinto al manifestado por aquéllos, sin contar con su autorización expresa”; del mismo modo, proporcionará a estos donantes “información precisa y veraz sobre el destino de los fondos, distinguiendo las cantidades aplicadas a la financiación de los programas, de las destinadas a gastos administrativos y de las dedicadas a la captación de fondos”.

En lo relativo al voluntariado, y siempre entre otras normas, el documento fija que “para el cumplimiento de sus funciones, la Fundación proporcionará a los voluntarios la formación adecuada, directamente o a través de terceros”. También se suscribirá “una póliza de seguro, adecuada a las características y circunstancias de la actividad desarrollada por los voluntarios, que les cubra de los riesgos de accidente y enfermedad derivados del ejercicio de la actividad voluntaria, así como por la responsabilidad civil por daños causados a terceros que pudiera ser exigida al voluntario o a la Fundación”.

El seguimiento y control de la aplicación de estas normas será competencia del Patronato de Odontología Solidaria, que “velará por su conocimiento y cumplimiento, así como su actualización, tomando, en caso de vulneración, las decisiones procedentes”.

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